Obligaciones del contratista y el subcontratista sobre prevención de riesgos laborales

En España, la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 171/2004 regulan las obligaciones de los contratistas y subcontratistas en materia de prevención de riesgos laborales. Ambas partes tienen la responsabilidad de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en el entorno laboral.

Los contratistas y subcontratistas deben coordinarse para identificar y evaluar los riesgos, implementar medidas preventivas y asegurar que los trabajadores reciban la formación e información necesarias. 

Obligaciones comunes en prevención de riesgos laborales

Tanto el contratista como el subcontratista comparten una serie de obligaciones comunes en materia de coordinación de actividades empresariales y laborales:

  • Evaluación de riesgos: Realizar una evaluación de los riesgos laborales que puedan surgir de la concurrencia de actividades y adoptar las medidas preventivas necesarias.
  • Información y formación: Informar a los trabajadores sobre los riesgos específicos de sus actividades y proporcionar la formación adecuada en materia de prevención de riesgos laborales.
  • Equipos de protección: Proveer y asegurar el uso correcto de los equipos de protección individual (EPI) necesarios para la realización segura de las tareas.
  • Coordinación preventiva: Colaborar en la implementación de las medidas preventivas y en la vigilancia del cumplimiento de las mismas por parte de todas las empresas implicadas.
  • Documentación: Mantener y gestionar toda la documentación relativa a la prevención de riesgos laborales, como evaluaciones de riesgos, certificados de formación y registros de EPI.

Obligaciones del empresario contratista

El empresario contratista tiene responsabilidades adicionales en la coordinación de actividades empresariales:

  • Designación de coordinador: Designar un Coordinador de Actividades Empresariales cuando varias empresas coincidan en el mismo centro de trabajo.
  • Supervisión y control: Supervisar que las empresas subcontratadas cumplen con las medidas preventivas establecidas y con la normativa de prevención de riesgos laborales.
  • Evaluación de la idoneidad: Evaluar la capacidad técnica y preventiva de las empresas subcontratadas antes de su contratación.
  • Planificación preventiva: Integrar las medidas preventivas en la planificación de las actividades y coordinar su implementación con las empresas subcontratadas.
  • Información sobre riesgos: Proporcionar a las empresas subcontratadas información sobre los riesgos del centro de trabajo y las medidas preventivas aplicables.

Obligaciones de la empresa subcontratada

La empresa subcontratada también tiene obligaciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales:

  • Cumplimiento normativo: Asegurar el cumplimiento de todas las normativas de prevención de riesgos laborales y las medidas preventivas establecidas por el empresario contratista.
  • Formación de trabajadores: Proporcionar a sus trabajadores la formación necesaria en prevención de riesgos laborales, específica para las tareas que van a desempeñar.
  • Cooperación y coordinación: Colaborar con el empresario contratista en la implementación de las medidas preventivas y en la vigilancia del cumplimiento de las mismas.
  • Documentación preventiva: Mantener actualizada toda la documentación relacionada con la prevención de riesgos laborales y ponerla a disposición del empresario contratista.
  • Comunicación de riesgos: Informar al empresario contratista de cualquier riesgo adicional que pueda surgir durante la realización de las actividades subcontratadas.

¿En quién recae la responsabilidad de los accidentes?

La responsabilidad de los accidentes laborales puede recaer sobre varias partes, dependiendo de las circunstancias específicas del accidente y del cumplimiento de las obligaciones preventivas:

  • Empresa principal: La empresa principal puede ser responsable si no ha cumplido con sus obligaciones de supervisión y coordinación de las medidas preventivas.
  • Contratista: El contratista puede ser responsable si no ha evaluado adecuadamente los riesgos o no ha implementado las medidas preventivas necesarias.
  • Subcontratista: El subcontratista puede ser responsable si no ha cumplido con las medidas preventivas establecidas o no ha proporcionado la formación adecuada a sus trabajadores.

En caso de accidente, se investigará el cumplimiento de las obligaciones preventivas por parte de todas las empresas implicadas para determinar la responsabilidad.

Responsabilidad del empresario principal

El empresario principal tiene una responsabilidad solidaria en la prevención de riesgos laborales cuando existen varias empresas en un mismo centro de trabajo. Esta responsabilidad incluye:

  • Supervisión del cumplimiento: Asegurar que todas las empresas subcontratadas cumplen con las medidas preventivas y la normativa de prevención de riesgos laborales.
  • Integración de medidas preventivas: Integrar las medidas preventivas en la planificación y ejecución de las actividades.
  • Coordinación efectiva: Facilitar la coordinación entre las diferentes empresas para asegurar una actuación conjunta y eficaz en materia de prevención de riesgos laborales.
  • Responsabilidad solidaria: En algunos casos, el empresario principal puede ser considerado responsable solidario de los incumplimientos de las empresas subcontratadas, especialmente en términos de obligaciones salariales y de seguridad social.

Gestión PRL en los procesos de subcontratación

La gestión de la Prevención de Riesgos Laborales (PRL) en los procesos de subcontratación requiere una planificación y coordinación rigurosa, esta labor se puede simplificar mediante el uso de herramientas digitales como un software PRL. En 6conecta hemos desarrollado un sistema de coordinación específico, orientado a resolver las labores relacionadas con las obligaciones de los responsables en espacios de trabajo con subcontratas. 

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