Responsabilidades en la CAE: qué debe hacer cada empresa para cumplir la normativa

La Coordinación de Actividades Empresariales es el sistema que permite ordenar la prevención cuando varias empresas coinciden en un mismo centro de trabajo. Su objetivo es evitar que la actividad de una empresa genere riesgos para los trabajadores de otra, o que la falta de comunicación entre organizaciones provoque situaciones inseguras.

En la práctica, cumplir con la CAE exige saber qué papel ocupa cada empresa. No tiene las mismas obligaciones una empresa que solo concurre en un centro que una empresa titular o una empresa principal. Por eso, antes de pedir documentación o permitir el inicio de los trabajos, es necesario identificar correctamente la relación entre las partes.

En España, la responsabilidad de la CAE la determina el RD 171/2004.

Objeto del RD 171/2004

El RD 171/2004 concreta cómo deben coordinarse las empresas cuando comparten un espacio de trabajo. No se limita a indicar que debe existir coordinación, define qué información debe intercambiarse, qué instrucciones deben facilitarse y qué medios pueden utilizarse para organizar la prevención.

La norma tiene carácter de mínimo. Esto significa que establece una base obligatoria, pero las empresas pueden aplicar medidas más exigentes si el tipo de actividad, el nivel de riesgo o la organización del centro lo requieren. En sectores con trabajos complejos o con presencia frecuente de contratas, lo habitual es reforzar esos mínimos con procedimientos internos más detallados.

Conceptos básicos: centro, titular y principal

Una de las aportaciones importantes del RD 171/2004 es la diferenciación entre figuras. El centro de trabajo es el lugar en el que se desarrolla la actividad. El empresario titular es quien tiene capacidad de poner ese centro a disposición y gestionarlo. El empresario principal es quien contrata o subcontrata obras o servicios correspondientes a su propia actividad, siempre que se desarrollen en su propio centro.

Esta distinción es clave porque determina el nivel de responsabilidad. Una empresa puede ser solo concurrente, puede ser titular del centro o puede actuar como empresa principal. En algunos casos, una misma organización puede asumir más de una función. Por eso, la CAE debe empezar con una identificación correcta de cada papel.

Deber de cooperación entre empresas concurrentes

Cuando trabajadores de dos o más empresas coinciden en un mismo centro, todas las empresas deben cooperar en la aplicación de la normativa preventiva. Esta cooperación implica intercambiar información sobre los riesgos específicos de cada actividad que puedan afectar a trabajadores de otras empresas.

La información debe facilitarse antes del inicio de los trabajos y actualizarse cuando se produzcan cambios relevantes. No sirve comunicar riesgos de forma genérica si después la actividad real es distinta. La coordinación debe ajustarse a lo que va a ocurrir en el centro, no solo a lo que figura en una descripción administrativa del servicio.

Además, cada empresa debe trasladar a sus trabajadores la información recibida. La CAE no termina cuando una organización envía un documento a otra, debe llegar a quienes ejecutan los trabajos para que sepan cómo actuar y qué medidas deben respetar.

Medios de coordinación

El RD 171/2004 prevé distintos medios de coordinación. La elección debe depender de la peligrosidad de las actividades, el número de trabajadores presentes y la duración de la concurrencia. No todos los casos requieren el mismo nivel de control.

En actividades sencillas, puede bastar con intercambio de información e instrucciones claras. En trabajos de mayor riesgo, puede ser necesario establecer reuniones, designar personas responsables, aplicar permisos de trabajo o reforzar la presencia preventiva. Lo importante es que el medio elegido sea útil para controlar el riesgo real.

La coordinación debe ser proporcional. Un sistema excesivamente básico puede dejar riesgos sin cubrir, pero un sistema demasiado complejo puede generar burocracia y dificultar la operativa. La clave está en aplicar medidas adecuadas al contexto.

Trabajadores autónomos y subcontratas

El RD 171/2004 también tiene en cuenta a los trabajadores autónomos cuando concurren en un mismo centro de trabajo. Los deberes de cooperación e información les afectan de forma similar, ya que su actividad también puede generar riesgos o verse afectada por los riesgos de otras empresas.

En cadenas de subcontratación, la coordinación debe ser especialmente clara. La empresa contratista debe asegurarse de que sus subcontratas conocen los requisitos preventivos y cumplen las condiciones establecidas. Si esta información no fluye correctamente, aumenta el riesgo de que entren al centro trabajadores sin las instrucciones necesarias.

Aplicación práctica del marco legal

Cumplir con la normativa de CAE exige convertir estas obligaciones en procesos concretos. La empresa debe definir qué documentación solicita, cómo valida el cumplimiento y quién autoriza el inicio de los trabajos. También debe establecer cómo se comunican los cambios y cómo se controla que las medidas se mantienen durante la actividad.

El marco legal no debe verse como una carga aislada, sino como una forma de ordenar responsabilidades. Cuando cada empresa sabe qué debe hacer, la coordinación es más eficaz. La empresa titular informa sobre el centro, la empresa principal vigila el cumplimiento de sus contratas, las empresas concurrentes cooperan y trasladan la información a sus trabajadores. Así, la CAE deja de ser un intercambio documental y se convierte en una herramienta real de prevención.

Marco legal

El marco legal de la Coordinación de Actividades Empresariales parte del RD 171/2004, que desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 en materia de coordinación cuando trabajadores de varias empresas coinciden en un mismo centro de trabajo. Esta norma ordena los deberes de cooperación, información e instrucciones entre empresas concurrentes, empresa titular y empresa principal. Su finalidad es evitar que la falta de coordinación genere riesgos para trabajadores propios o ajenos y determinar responsabilidades.

Responsabilidades administrativas

La responsabilidad administrativa aparece cuando una empresa incumple obligaciones preventivas exigidas por la normativa. En el ámbito de la CAE, puede producirse si no se intercambia información preventiva, si no se dan instrucciones suficientes o si no se establecen medios de coordinación adecuados. También puede surgir cuando la empresa principal no verifica correctamente el cumplimiento de sus contratistas.

Este tipo de responsabilidad no exige necesariamente que haya ocurrido un accidente. Puede bastar con que la Inspección de Trabajo detecte una deficiencia relevante. Por ejemplo, una empresa puede ser sancionada si permite el inicio de trabajos sin haber acreditado la formación preventiva necesaria o sin haber comprobado que la actividad contratada está correctamente evaluada.

La normativa sancionadora clasifica las infracciones en prevención de riesgos laborales como leves, graves o muy graves. Las leves suelen estar vinculadas a incumplimientos formales de menor entidad. Las graves afectan a obligaciones esenciales, como integrar la prevención en la empresa, realizar evaluaciones de riesgos o aplicar las medidas derivadas de esas evaluaciones. Las muy graves se reservan para situaciones de mayor riesgo o incumplimientos especialmente sensibles.

En CAE, la responsabilidad administrativa puede afectar a distintas empresas. La empresa titular puede responder si no informa adecuadamente sobre los riesgos del centro, la empresa principal puede responder si no ejerce su deber de vigilancia, la contratista también puede ser responsable si no cumple sus propias obligaciones preventivas o si no traslada la información necesaria a sus trabajadores.

Las sanciones económicas dependen de la gravedad de la infracción. En prevención, las infracciones leves pueden sancionarse con multas de 45 a 2.450 euros. Las graves pueden alcanzar los 49.180 euros. Las muy graves pueden llegar hasta 983.736 euros. Además, cuando las sanciones muy graves son firmes, pueden hacerse públicas en los términos previstos reglamentariamente.

Responsabilidad civil

La responsabilidad civil tiene una finalidad distinta. No se centra tanto en sancionar a la empresa como en reparar el daño causado. Puede aparecer cuando un trabajador sufre un perjuicio y se acredita que ese daño está relacionado con un incumplimiento preventivo.

En la CAE, esta responsabilidad puede surgir cuando un accidente se produce por una coordinación deficiente entre empresas. Por ejemplo, si una contrata no recibe información suficiente sobre los riesgos del centro o si varias actividades incompatibles se realizan al mismo tiempo sin control. En esos casos, puede discutirse qué empresa contribuyó al daño y en qué medida.

La responsabilidad civil exige analizar la conducta de cada parte. No todas las empresas implicadas responden automáticamente por el mismo hecho. Lo relevante es determinar si existía una obligación de actuar, si esa obligación se incumplió y si el incumplimiento tuvo relación con el daño producido.

Esta responsabilidad puede afectar tanto a la empresa empleadora directa como a otras empresas que hayan intervenido en la situación de riesgo. En CAE, esto es especialmente importante porque pueden coincidir varios sujetos con obligaciones preventivas diferentes. La empresa principal no sustituye a la contratista en todas sus responsabilidades, pero tampoco puede desentenderse de la coordinación cuando la normativa le exige control y vigilancia.

La responsabilidad civil puede traducirse en indemnizaciones por daños y perjuicios. Estas indemnizaciones son compatibles con las responsabilidades administrativas y con el recargo de prestaciones que pueda fijarse en el ámbito de la Seguridad Social. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales contempla expresamente esa compatibilidad, de modo que una sanción administrativa no elimina la posibilidad de que exista una reclamación económica por el daño causado.

Por eso, en CAE resulta fundamental conservar evidencias del cumplimiento. La empresa debe poder demostrar que informó, coordinó, verificó y actuó ante los riesgos detectados. Si no existe trazabilidad, la defensa frente a una reclamación se debilita. 

Responsabilidad penal

La responsabilidad penal queda reservada para los supuestos más graves. Puede aparecer cuando una persona legalmente obligada incumple normas de prevención y no facilita los medios necesarios para que los trabajadores desarrollen su actividad con medidas adecuadas de seguridad e higiene. El Código Penal castiga esta conducta cuando se genera un peligro grave para la vida, la salud o la integridad física de los trabajadores.

En estos casos, no se analiza solo la existencia de un accidente. También puede existir responsabilidad penal si se ha creado una situación de peligro grave, aunque el daño no llegue a materializarse. Esto es especialmente relevante en actividades con riesgos elevados, donde una falta de coordinación puede exponer a varias personas a una situación peligrosa.

En CAE, la responsabilidad penal puede relacionarse con omisiones graves de control. Por ejemplo, permitir trabajos peligrosos sin medios adecuados, ignorar riesgos conocidos o no adoptar medidas tras advertencias previas. También puede tener relevancia no paralizar una actividad cuando el riesgo es evidente y existe capacidad real para intervenir.

La responsabilidad penal suele recaer sobre personas físicas con poder de decisión o capacidad efectiva de actuación. Puede afectar a administradores, directivos, mandos o responsables preventivos, dependiendo de cómo esté organizada la empresa y de quién tuviera la obligación concreta de actuar.

El artículo 316 del Código Penal prevé penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses para quienes incumplan las normas de prevención estando legalmente obligados y pongan en peligro grave a los trabajadores. Esta consecuencia muestra la importancia de que la CAE no se trate como un simple intercambio documental. 

¿Quién hace qué en la CAE?

En la Coordinación de Actividades Empresariales, cada empresa tiene un papel distinto según su posición dentro de la relación contractual y según la actividad que realiza en el centro de trabajo. No es lo mismo ser la empresa que contrata directamente un servicio que ser una empresa que entra en la cadena a través de una subcontratación.

El RD 171/2004 establece los deberes de cooperación, información y coordinación cuando trabajadores de varias empresas coinciden en un mismo centro. También prevé obligaciones específicas para la empresa principal cuando contrata o subcontrata obras o servicios de su propia actividad en su propio centro de trabajo. En ese caso, debe exigir determinadas acreditaciones y comprobar que contratistas y subcontratistas han establecido los medios de coordinación necesarios.

Diferenciar bien quién hace qué evita duplicidades y reduce fallos de control.

Responsabilidades de la empresa contratista

Acreditar su cumplimiento preventivo

La empresa contratista debe demostrar que cumple con sus obligaciones en prevención antes de iniciar los trabajos. Esto implica aportar la documentación que acredite que la actividad contratada está evaluada y que existe una planificación preventiva adecuada.

No basta con entregar documentación genérica, la información debe estar relacionada con el trabajo que se va a realizar y con las condiciones del centro en el que se prestará el servicio. Si la actividad cambia, la documentación también debe revisarse.

La contratista debe asegurarse de que lo que presenta está vigente, es coherente y responde a la realidad del servicio. De lo contrario, puede generarse una apariencia de cumplimiento que no sirve para controlar el riesgo.

Trasladar información a sus trabajadores

La empresa contratista es responsable de informar a sus propios trabajadores sobre los riesgos de su actividad y sobre los riesgos derivados de la concurrencia con otras empresas. La información recibida de la empresa principal o titular del centro debe llegar a las personas que van a ejecutar el trabajo.

Este punto es esencial. La CAE pierde eficacia si la información se queda en un intercambio entre departamentos. Los trabajadores deben conocer las normas del centro, las medidas aplicables y las instrucciones que afectan a su tarea.

La contratista también debe comprobar que sus trabajadores tienen la formación necesaria para realizar el servicio de forma segura. Si asigna personal sin la preparación adecuada, el sistema de coordinación se debilita desde el inicio.

Coordinarse con la empresa principal

La contratista debe mantener una comunicación activa con la empresa principal. Esto incluye responder a solicitudes documentales, comunicar cambios y atender las instrucciones preventivas que se establezcan para el centro.

La coordinación no termina cuando se autoriza el acceso. Durante la ejecución de los trabajos pueden aparecer nuevas necesidades. Puede incorporarse personal, modificarse una tarea o detectarse una situación que requiera ajuste preventivo.

Por eso, la empresa contratista debe actuar como interlocutor fiable. Si se produce un cambio relevante y no se comunica a tiempo, la empresa principal puede estar tomando decisiones con información incompleta.

Controlar a sus subcontratas

Cuando la empresa contratista subcontrata parte del servicio, asume un papel adicional. Debe exigir a la empresa subcontratada las acreditaciones necesarias para entregarlas a la empresa principal. El RD 171/2004 prevé expresamente que, cuando la contratista subcontrate parte de la obra o servicio, debe exigir esas acreditaciones para su entrega al empresario principal.

Esto significa que la contratista no puede limitarse a trasladar el trabajo a otra empresa sin control. Debe asegurarse de que la subcontratada cumple los requisitos preventivos y dispone de la información necesaria para trabajar en el centro.

Este control es especialmente importante en cadenas de subcontratación. Cuantos más niveles intervienen, mayor es el riesgo de que la información se pierda o llegue de forma incompleta.

Comunicar cambios durante la ejecución

La empresa contratista debe avisar cuando cambien las condiciones del servicio. Esto incluye modificaciones en la actividad, sustitución de trabajadores o incorporación de una empresa subcontratada.

La falta de actualización puede generar incumplimientos. Un trabajador puede tener autorización para una tarea, pero no para otra; una subcontrata puede estar habilitada para un centro, pero no para un trabajo concreto. Por eso, la contratista debe mantener la información alineada con la realidad operativa.

Responsabilidades de la empresa subcontratada

Cumplir sus propias obligaciones preventivas

La empresa subcontratada mantiene sus obligaciones como empleadora. Aunque acceda al centro a través de una contratista, sigue siendo responsable de la seguridad y salud de sus trabajadores.

Debe evaluar los riesgos de su actividad, planificar las medidas preventivas necesarias y garantizar que su personal está formado para el trabajo que va a realizar. También debe asegurarse de que sus trabajadores conocen las instrucciones aplicables en el centro.

La subcontratación no reduce esta responsabilidad, la empresa subcontratada no puede asumir que la contratista o la empresa principal cubrirán sus obligaciones internas.

Entregar documentación a través del canal establecido

La empresa subcontratada debe aportar la documentación que se le solicite dentro del proceso de CAE. En muchos casos, esa documentación se canaliza a través de la contratista, que actúa como enlace con la empresa principal.

Es importante que la subcontratada entregue documentación correcta y actualizada. Si presenta archivos incompletos o caducados, puede retrasar la autorización del servicio y generar bloqueos operativos.

También debe respetar los criterios definidos para el centro. No todos los documentos sirven para cualquier actividad. La documentación debe corresponder a los trabajadores, equipos y tareas realmente asignados.

Aplicar las instrucciones recibidas

La empresa subcontratada debe cumplir las instrucciones preventivas que le sean comunicadas. Estas instrucciones pueden proceder de la empresa principal, de la titular del centro o de la contratista que la ha incorporado al servicio.

Aplicar instrucciones no significa solo aceptarlas formalmente, deben integrarse en la forma de trabajar. Si el centro exige un procedimiento específico, una autorización previa o una condición de acceso, la subcontratada debe organizar su actividad conforme a esas reglas.

Si detecta que una instrucción no puede cumplirse o que existe una situación de riesgo no prevista, debe comunicarlo. La coordinación también exige informar cuando algo no encaja con la realidad del trabajo.

Garantizar que sus trabajadores están habilitados

La empresa subcontratada debe asegurarse de que solo acceden al centro trabajadores autorizados. Esto requiere comprobar que cada persona cumple los requisitos exigidos antes de iniciar la actividad.

No debería enviarse personal nuevo sin haber actualizado previamente la información. Tampoco debe sustituirse a un trabajador autorizado por otro sin completar el proceso correspondiente. Estos cambios pueden parecer menores desde el punto de vista operativo, pero son críticos en CAE.

La habilitación debe estar vinculada al trabajo concreto. Un trabajador puede estar formado para una actividad, pero no para otra con mayor riesgo, por eso, la subcontratada debe asignar personal adecuado a cada tarea.

Mantener la coordinación durante todo el servicio

La responsabilidad de la empresa subcontratada no termina al acceder al centro, debe mantener la coordinación durante toda la prestación. Esto implica seguir las medidas acordadas, comunicar incidencias y actualizar la información cuando sea necesario.

Si se produce un incidente, una desviación o un cambio en la forma de trabajar, la subcontratada debe informar a la contratista y seguir el procedimiento establecido. 

Qué pasa si no se cumple la CAE

No cumplir correctamente la Coordinación de Actividades Empresariales puede generar consecuencias preventivas, legales y operativas. La CAE no es solo un intercambio de documentos entre empresas, es el mecanismo que permite controlar los riesgos cuando varias organizaciones coinciden en un mismo centro de trabajo. El RD 171/2004 establece que las empresas concurrentes deben cooperar en la aplicación de la normativa preventiva, con independencia de que exista o no una relación jurídica directa entre ellas.

Cuando esa coordinación falla, la empresa puede perder el control sobre quién accede al centro, qué trabajos se realizan y si las personas que intervienen cuentan con la información necesaria. Esta falta de control puede derivar en incidentes, paralización de trabajos, reclamaciones o sanciones en la gestión de la CAE.

Incumplimientos administrativos

El primer riesgo es el incumplimiento administrativo. Puede producirse cuando no se solicita la documentación necesaria, cuando no se acredita la formación preventiva o cuando no se comunican los riesgos del centro a las empresas externas.

También puede darse si la empresa principal no comprueba que contratistas y subcontratistas han cumplido sus obligaciones antes de iniciar los trabajos. En estos casos, la Inspección de Trabajo puede considerar que no se ha aplicado correctamente la coordinación exigida por la normativa.

Las infracciones en materia de prevención pueden ser leves, graves o muy graves. Además, prescriben al año, a los tres años o a los cinco años según su gravedad.

Riesgo de accidentes e incidentes

El incumplimiento de la CAE puede aumentar la probabilidad de accidentes. Esto ocurre cuando las empresas trabajan sin conocer los riesgos del centro o sin coordinarse con otras actividades que se desarrollan al mismo tiempo.

Por ejemplo, una empresa puede iniciar una tarea sin saber que en la misma zona hay otra intervención incompatible. También puede ocurrir que un trabajador externo acceda a un área para la que no tiene autorización o no ha recibido instrucciones suficientes.

En estos casos, el fallo no siempre está en una única empresa. Muchas veces el problema está en la falta de comunicación entre todas las partes implicadas.

Paralización de trabajos

Cuando se detecta una situación de riesgo grave, la actividad puede verse afectada de forma inmediata. La paralización de trabajos supone detener una tarea hasta que se corrijan las condiciones inseguras.

Este escenario tiene un impacto directo en la operativa. Puede retrasar servicios, afectar a plazos contractuales y generar costes adicionales. Además, suele obligar a revisar documentación, procedimientos y autorizaciones de forma urgente.

La paralización también evidencia que el sistema de coordinación no ha funcionado como debía. Por eso, prevenir este tipo de situaciones exige revisar la CAE antes de que el trabajo empiece, no cuando el problema ya ha aparecido.

Responsabilidades para varias empresas

En CAE pueden existir responsabilidades compartidas. La empresa titular debe informar sobre los riesgos del centro, la empresa principal debe vigilar el cumplimiento de sus contratas cuando proceda, las contratistas y subcontratistas deben cumplir sus propias obligaciones preventivas y trasladar la información a sus trabajadores.

Si se produce un incumplimiento, puede analizarse la actuación de cada empresa. No todas tienen el mismo papel, pero todas deben poder demostrar qué hicieron para coordinarse y controlar los riesgos.

Por eso, la trazabilidad es tan importante. Sin registros claros, resulta más difícil acreditar que se solicitó documentación, que se revisó correctamente o que se comunicaron instrucciones antes del inicio de la actividad.

Errores habituales en la coordinación CAE

Muchos fallos en CAE no se producen por falta total de gestión, sino por una gestión incompleta. Estos son los errores más frecuentes:

  • Pedir documentación sin criterios claros. Esto provoca que cada proveedor reciba solicitudes distintas o que se acumulen documentos poco útiles.
  • Permitir el acceso antes de validar la información. La documentación debe revisarse antes de iniciar la actividad, no después.
  • No actualizar cambios de trabajadores o empresas. Si se sustituye personal sin control, la autorización pierde fiabilidad.
  • Confundir documentación con coordinación real. Tener archivos no garantiza que las empresas se hayan comunicado correctamente.
  • No definir responsables internos. Si nadie sabe quién revisa, valida o bloquea accesos, el proceso se vuelve inseguro.
  • Gestionar la CAE con herramientas dispersas. Los correos y hojas de cálculo pueden servir en casos simples, pero fallan cuando aumenta el volumen.
  • No dejar trazabilidad de decisiones. Sin histórico, es difícil demostrar por qué se autorizó una empresa o un trabajador.
  • Aplicar los mismos requisitos a todos los proveedores. La CAE debe ajustarse al tipo de actividad y al nivel de riesgo.

6Conecta ayuda a mejorar la seguridad y la coordinación en CAE

Una gestión eficaz de la CAE necesita orden, control y seguimiento continuo. Cuando la información está dispersa, los equipos pierden tiempo revisando documentos y resolviendo incidencias de última hora. Además, aumenta el riesgo de permitir trabajos sin una validación completa.

Una plataforma CAE como 6Conecta permite centralizar la gestión y trabajar con una visión más clara del cumplimiento. La empresa puede organizar proveedores, trabajadores, centros y requisitos desde un único entorno. Esto ayuda a reducir errores y a evitar que la coordinación dependa de procesos manuales.

Con 6Conecta, es posible definir qué documentación debe aportar cada empresa según la actividad que va a realizar. Esto permite aplicar criterios más precisos y evitar solicitudes innecesarias. También facilita el control de vencimientos, ya que los documentos caducados o pendientes pueden identificarse antes de que afecten al acceso o al inicio de los trabajos.

Gestionar la CAE con 6Conecta permite pasar de un modelo reactivo a un modelo más preventivo. En lugar de detectar incumplimientos cuando el trabajo ya está en marcha, la empresa puede anticiparse, ordenar la documentación y reforzar el control sobre sus actividades externas.

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